Reglas y reglamentos, quejas y apelaciones

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Reglas y reglamentos de los esquemas/normas, quejas y apelaciones

United Registrar of Systems (Holdings) Ltd. (en adelante, URS) presenta a continuación sus reglamentos de certificación y otros reglamentos de servicios.

Parte 1

Estas regulaciones se refieren a la certificación por parte de un miembro de URS Holdings.
A efectos de estas regulaciones, “URS Holdings” significa cualquier marca operada bajo URS (Holdings) Ltd. Todas las marcas asociadas y empresas relacionadas, como URS Regulation, URS Systems, URS Verification, URS People, URS Product, URS Monitoring (Inspection).

– “Logo” significa el logotipo aprobado por URS Holdings.

– “Comité de Apelaciones” significa un comité del Consejo de Certificación Independiente de URS establecido con el propósito de atender apelaciones. El panel designado para cada apelación estará compuesto por un Presidente y al menos dos miembros del Consejo de Certificación Independiente, ninguno de los cuales deberá tener interés directo en el objeto de la apelación.

– “Solicitante” significa una persona física, persona jurídica o entidad que ha solicitado, pero aún no ha obtenido, un certificado para el alcance de la solicitud, ya sea de certificación, inspección u otro servicio relacionado.

– “Junta” significa la Junta establecida como órgano de gobierno de URS Holdings.

– “Norma o Esquema” significa la norma o el esquema para el cual el Cliente busca la Certificación (p. ej., ISO 27001) y/o servicios de Inspección, como auditorías sociales, u otros servicios relacionados proporcionados por URS.

– “Certificado” significa un certificado que reconoce que el sistema de gestión, o la inspección realizada, o la formación impartida, u otro servicio que produzca un certificado como resultado, ha sido evaluado por un miembro de URS Holdings de conformidad con estas regulaciones.

– “Gestor(es) de Esquemas” significa la persona designada temporalmente por el Consejo de Administración, con aprobación de la Junta, para encargarse del área bajo su responsabilidad. Puede haber varios Gestores de Esquemas en función de los esquemas y/o servicios ofrecidos.

– “Organización Registrada” significa una persona física, persona jurídica o entidad a la que un miembro de URS Holdings ha otorgado un certificado.

– “Sistema de Gestión Documentado” significa un conjunto de documentos/descripciones/protocolos/procedimientos operativos estándar/instrucciones de trabajo u otras instrucciones formales destinadas a implementar el sistema de una organización que establece las prácticas, recursos y actividades específicas de esa organización relevantes para lograr el cumplimiento con una norma, especificación o requisito definido, y, si corresponde, prácticas y actividades relevantes para Códigos de Prácticas específicos.

– “Notas de Orientación/Notas para Auditores” significa un documento elaborado por URS, el sector, compras y partes interesadas asociadas, con o sin la participación de un miembro de URS, que particulariza los requisitos de una Norma/Esquema/Requisito en relación con un sector industrial determinado.

 

URS Holdings o cualquiera de sus filiales es la autoridad final por la cual se pueden otorgar certificados o emitir informes (p. ej., URS Verification en el caso de auditorías sociales), y actúa a través del Gestor de Esquemas quien, a efectos de realizar evaluaciones bajo estas regulaciones, podrá delegar sus funciones y nombrar o cesar a quien considere necesario, sujeto a las condiciones que la Junta Ejecutiva imponga en cada momento.

Un solicitante que demuestre al Gestor de Esquemas su capacidad para cumplir estas regulaciones y que desarrolla una actividad empresarial bona fide, y que otorgue al Gestor de Esquemas los compromisos que este requiera, tendrá derecho—sujeto a estas regulaciones— a un certificado o una auditoría, que, no obstante, seguirá siendo propiedad del miembro correspondiente de URS.
En el caso de los Esquemas de Certificación de Sistemas de Gestión, los certificados iniciales generalmente tienen una fecha de inicio de validez y una fecha de caducidad (típicamente 36 meses). En tal caso, si una organización no desea renovar su certificado, deberá notificarlo por escrito al Gestor de Esquemas con al menos dos meses de antelación a la fecha de caducidad. El derecho de una organización a usar el certificado o el informe, según corresponda, no es transferible sin permiso expreso y por escrito del Gestor de Esquemas.

Una organización certificada o auditada (cliente) deberá:

(i) Cumplir estas regulaciones en todo momento.

(ii) Utilizar el logotipo apropiado de conformidad con las condiciones definidas para el uso de marcas y logotipos —según se define en este sitio web— y solo respecto del/los servicio(s) o producto(s) objeto del certificado, y únicamente desde la dirección indicada en el certificado o informe (y anexo, si corresponde).
(iii) Mantener y documentar un sistema (cuando aplique) de acuerdo con la norma pertinente, y poner a disposición copias de todo o parte del sistema documentado si el Gestor de Esquemas requiere depositarlo ante el miembro correspondiente de URS para fines de referencia.

(iv) Notificar al miembro correspondiente de URS Holdings los asuntos que puedan afectar la capacidad de su Certificación para seguir cumpliendo los requisitos de la(s) norma(s) aplicable(s) o estas regulaciones de certificación. La notificación debe ser inmediata (dentro de 3 días laborables) y por escrito, cuando las modificaciones del sistema sean significativas (p. ej., cambios legales, comerciales, de estatus organizativo o propiedad; cambios en personal directivo clave; cambio de nombre, dirección de contacto y sedes; cambios en el alcance de operaciones y categorías de producto cubiertas por el sistema certificado/registrado; cualquier otro cambio que haga inexacta la información del certificado; y cambios mayores en el sistema y procesos). Cuando las enmiendas sean menores, deberán notificarse al representante de URS en la próxima evaluación/visita de vigilancia programada.

(v) Interrumpir cualquier uso del logotipo aplicable que resulte inaceptable según la normativa, así como cualquier forma de declaración o referencia a la autoridad de la organización para estar certificada que, a juicio de URS Holdings, pueda inducir a error.

(vi) Conceder a los representantes del miembro correspondiente de URS Holdings, durante el horario laboral, acceso a las instalaciones o sedes donde se realiza el trabajo sujeto a la auditoría o certificado, con el propósito de examinar materiales, procedimientos, procesos, métodos de ensayo, registros y sistemas, o para constatar que se ha aplicado, si fuera necesario, el procedimiento de terminación del certificado o informe descrito en la regulación (v).

(vii) Nombrar, para aprobación del/de los Gestor(es) de Esquemas, un representante de la dirección y uno o más sustitutos autorizados para actuar en su ausencia (y reemplazos según sea necesario), responsables de todos los asuntos relacionados con los requisitos del certificado o informe, según corresponda, quienes, a cada visita del representante del miembro de URS Holdings, firmarán una declaración —si se les solicita— en la que conste que se han notificado al miembro correspondiente de URS cualquier cambio en los procedimientos y demás información relevante a las condiciones bajo las que se mantiene el certificado o informe, incluidas las quejas de clientes.

(viii) Tras la terminación del certificado o retirada del informe (sea cual sea el motivo), suspender de inmediato el uso del logotipo aplicable y de todo material publicitario que contenga el logotipo o cualquier referencia al mismo. Además, cualquier otro material o documento en posesión de la organización que haga referencia al certificado será tratado, si así lo requiere el Consejo de Certificación Independiente, de manera que se elimine dicha referencia.

(ix) En caso de que un Producto o Servicio (incluida cualquier amenaza importante a la seguridad del SGIA/FSMS, a la calidad o a la integridad de la certificación; cualquier desastre natural o causado por el hombre) sea objeto de procedimientos legales por mal funcionamiento bajo el alcance de Certificación/Aprobación emitido por URS, el cliente informará a URS y URS tendrá derecho a realizar una investigación, con la debida cooperación del cliente, que puede implicar una Visita Especial facturable y el cierre de las acciones correctivas.

(x) Situaciones graves en las que la integridad de la certificación esté en riesgo y/o la Fundación pueda verse desacreditada. Incluyen, entre otras: eventos públicos de inocuidad alimentaria (p. ej., retiradas públicas, calamidades, brotes, etc.); acciones impuestas por autoridades reguladoras como resultado de un problema de inocuidad; procesos legales, enjuiciamientos, mala praxis y negligencia; y actividades fraudulentas y corrupción.

(xi) Tal como se indica en la cláusula vi, el cliente certificado (en sistemas de gestión) debe tener una visita de vigilancia regular para mantener su Certificado, típicamente al menos anual. Si, por cualquier motivo, no puede realizarse la visita de vigilancia requerida, el cliente será suspendido hasta que se pueda programar la visita. Si no se organiza en un plazo razonable, el certificado será cancelado.

(xii) Si el cliente se certifica bajo otros productos fuera de las acreditaciones UKAS, SMMT (IATF 16949) y NABCB (por ejemplo, CAI, DakkS, PCA), se aplicarán las Condiciones Generales y Específicas del producto correspondiente, que siempre serán comunicadas al cliente.

Nota: Los distintos esquemas tienen plazos diferentes sobre cuándo se activa una suspensión y/o una cancelación.
En caso de duda respecto a las fechas “desencadenantes”, contacte con su oficina local de URS.

Cualquier decisión adoptada por URS será documentada al cliente y se considerará final, véase la Sección 11.

El miembro correspondiente de URS Holdings estará facultado para cobrar tarifas determinadas periódicamente teniendo en cuenta sus costes de administración de los esquemas. Una organización deberá pagar:

(i) Una cuota anual fija, u otro acuerdo de tarifas por escrito, por cada certificado otorgado o informe emitido (incluye costes de vigilancia, cuando corresponda), que en general no es reembolsable.

(ii) Tarifas adicionales por evaluación, supervisión, reemisión o endoso del certificado o emisión de informe y administración, según determine la Junta como justas y apropiadas.

(iii) Una tarifa de evaluación final al terminar el certificado o retirar el informe, si así lo requiere el Consejo de Certificación.

(iv) (a) Cualquier coste adicional en que incurra el miembro de URS Holdings debido al incumplimiento de estas regulaciones por parte de la organización certificada.

(iv) (b) Aunque es política del Grupo ofrecer tarifas competitivas, los clientes que cancelen visitas previamente concertadas sin un aviso razonable (menos de 7 días laborables) podrán estar sujetos a cargos por dicha cancelación, dado que pueden haberse reservado viajes y alojamientos para optimizar rutas del auditor y mantener los costes—y por tanto las tarifas—en un nivel realista. Esto se agrava cuando se emplean auditores subcontratados. Por lo anterior, se solicita a los clientes evitar estas situaciones y comprender que cualquier aviso de cancelación debe hacerse por escrito a la oficina local.

(v) Gastos de viaje, cuando correspondan y relacionados con actividades de certificación.

(vi) Todas las tarifas pueden ser pagaderas por adelantado respecto de la actividad: tarifa de solicitud antes de la revisión documental; tarifa de evaluación antes de la evaluación; y tarifa anual de vigilancia antes de la vigilancia, salvo que se utilice un método de pago continuo (p. ej., orden permanente) u otros acuerdos aprobados por el miembro correspondiente de URS. El impago puede retrasar actividades de vigilancia o recertificación, lo que pondría en peligro la certificación. URS enviará recordatorios de pago hasta que la falta de pago impida la vigilancia o recertificación, momento en el cual el certificado será suspendido o retirado (véase punto 14).

(vii) El certificado y el informe de auditoría son propiedad de URS. URS está autorizada a cambiar/actualizar/agregar/eliminar cualquier contenido del certificado e informe si lo considera justificado. Los certificados emitidos por URS siguen siendo propiedad de URS y deben ser devueltos cuando se solicite.

Nota (FSSC 22000): Cuando una organización certificada se traslada a otra ubicación, se deberá realizar al menos una auditoría de Etapa 2, iniciando un nuevo ciclo de certificación de 3 años.

Criterios para Otorgar la Certificación:

URS puede otorgar y emitir el certificado al cliente cuando:

  • El cliente tiene un sistema de gestión documentado acorde con su alcance de certificación y conforme a los requisitos de la norma aplicable.
  • El cliente ha completado al menos un ciclo de auditoría interna y revisión por la dirección, y ambos han sido eficaces según la evaluación de auditores de URS.
  • El cliente ha superado satisfactoriamente las auditorías de Etapa 1 y Etapa 2, y la recomendación del equipo auditor es favorable.
  • El cliente ha pagado todos los importes debidos.

 

Criterios para Rechazar la Certificación:

URS puede rechazar la certificación cuando:

  • El cliente no dispone de un sistema de gestión documentado acorde con su alcance y no cumple los requisitos de la norma aplicable.
  • El cliente no ha implementado el sistema ni completado al menos un ciclo de auditoría interna y revisión por la dirección.
  • El cliente no ha superado satisfactoriamente las auditorías de Etapa 1 y 2, y la recomendación del equipo no es favorable.
  • El cliente no ha pagado todos los importes debidos.
  • Si el auditor levanta una no conformidad y URS la considera justificada según la norma, pero el cliente no acepta la no conformidad.

 

Criterios para Mantener la Certificación:

La certificación se mantiene por 3 años bajo estas condiciones:

  • Las auditorías de vigilancia se realizan según lo planificado y el cliente demuestra que sigue cumpliendo la norma del sistema de gestión.
  • Todas las no conformidades de vigilancias anteriores se cierran en el plazo acordado y las correcciones y acciones correctivas de las no conformidades actuales están identificadas y aceptadas por URS.
  • Las auditorías internas y revisiones por la dirección se realizan según lo programado y no hay asuntos pendientes.
  • Todos los pagos pendientes a URS están al día.
  1. Suspensión, Retirada o Reducción del Alcance de la Certificación:

    (a) Suspensión
    URS suspenderá la certificación cuando:

    • El sistema certificado incumpla persistente o gravemente los requisitos de certificación, incluida la eficacia del sistema.
    • El cliente no permita realizar las auditorías de vigilancia y recertificación con la frecuencia requerida.
    • Uso indebido del logotipo y/o referencia a la certificación.
    • Incumplimiento en la presentación de acciones correctivas (según Sección 2.4 del acuerdo).
    • Solicitud voluntaria de suspensión.
    • Impago de importes a URS.

    La suspensión será por un máximo de 6 meses y el estado suspendido del cliente será público. Durante la suspensión, la certificación es temporalmente inválida y el cliente deberá cesar el uso del logotipo o cualquier referencia a la certificación en material publicitario.

    (b) Retirada/Terminación
    URS puede retirar/terminar la certificación cuando:

    • El cliente no permite las auditorías de vigilancia y recertificación con la frecuencia requerida.
    • No se resuelven los motivos de suspensión en seis meses.
    • Otras razones, como denuncias legales graves, prácticas indebidas.
    • URS pierde la acreditación.
    • Impago de las tarifas de vigilancia o recertificación.
    • Solicitud voluntaria del cliente.

Reducción del Alcance de la Certificación

URS podrá decidir reducir el alcance excluyendo las partes que no cumplen, cuando el cliente haya incumplido de forma persistente y grave los requisitos para esas partes. Las exclusiones deberán ser coherentes con la norma de certificación.

El miembro de URS Holdings deberá:

(i) Enviar un representante a la organización registrada conforme al programa de vigilancia acordado (o designar un evaluador para revisar documentos y registros en una oficina designada de URS), lo que se notificará al cliente (estas visitas suelen ser una o dos veces por año) para verificar el cumplimiento de las reglas de certificación. Nota: En la 1.ª vigilancia, la visita no debe superar 12 meses desde la fecha de la auditoría de Etapa 2 (OA1).

(ii) Notificar a la organización registrada cualquier cambio en Notas de Orientación, Norma o Reglas/Reglamentos de Certificación y conceder el tiempo que, a juicio del Consejo de Certificación Independiente, sea razonable para ajustar procesos y procedimientos.

(iii) No divulgar información confidencial de la organización registrada, salvo la que sea de dominio público.

(iv) Notificar a la organización registrada las quejas de clientes relacionadas con el cumplimiento del producto, proceso o servicio de la organización registrada.

Si una organización registrada no puede cumplir temporalmente con estas regulaciones, el miembro de URS exigirá cesar el uso del logotipo y/o cualquier reclamación de estar registrada con efecto inmediato hasta que se restablezcan las condiciones o hasta el resultado de una apelación (Reg. 12).

Si una organización registrada IATF 16949 deja de suministrar a un suscriptor IATF 16949, se debe notificar por escrito al Gestor de Esquemas en 20 días laborables, tras lo cual la inscripción se retirará (no así ISO 9000). Además, las empresas registradas en ISO 14001 deben notificar al organismo regulador pertinente (incluido el miembro de URS) cualquier incumplimiento conocido de la normativa/legislación ambiental. De forma similar, las empresas registradas en Seguridad y Salud deberán notificar a los organismos pertinentes cualquier incumplimiento de la normativa aplicable al sistema certificado.

Si una organización registrada incumple estas regulaciones, el miembro de URS podrá, sujeto a la Reg. 12 según aplique:

(i) Suspender o retirar el certificado o reducir su alcance.

(ii) Negarse a otorgar o renovar el certificado o ampliar su alcance.
Estas decisiones y sus fundamentos se comunicarán por escrito. Motivos de suspensión/retirada incluyen: incumplimiento de estas regulaciones; incumplimiento persistente o grave de los requisitos (incluida la eficacia del sistema); no permitir auditorías de vigilancia o recertificación en la frecuencia requerida; y solicitud del cliente. No resolver los problemas que llevaron a la suspensión (o señalados en auditorías/visitas/quejas) en el plazo acordado (máx. 6 meses) o impago, resultará en retirada o reducción del alcance.

 

URS Holdings puede, a su discreción y sujeto a la Reg. 12, revocar o denegar otorgar o renovar un certificado si la organización registrada entra en concurso, acuerda composiciones con acreedores, entra en liquidación (salvo por reestructuración), se nombra un administrador, o es condenada por un delito que desacredite su reputación y buena fe. Tales decisiones y sus motivos se comunicarán por escrito.

Si una organización registrada o un solicitante desea apelar una decisión del Gestor de Esquemas, Auditor o ICB bajo estas regulaciones, deberá, dentro de 21 días naturales desde la notificación oficial de la decisión, comunicar por escrito al ICB su deseo de apelar.

Se celebrará una reunión de un Comité de Apelaciones dentro de 30 días naturales desde la recepción de la notificación; el apelante será avisado con al menos 7 días naturales de la fecha y lugar. El Presidente del ICB convocará un Comité de Apelaciones compuesto por al menos 3 miembros del ICB, excluyendo a personal de URS. Los miembros no deben tener involucramiento con el apelante y deberán declarar intereses; quien tenga interés no podrá formar parte.

El apelante será informado de la composición del comité y tendrá oportunidad de objetar a cualquier miembro. Tales objeciones se notificarán por escrito al Gestor de Esquemas y, si se aceptan, el comité se reconstituirá.

La decisión del Gestor de Esquemas permanecerá en vigor hasta la reunión del comité. En dicha reunión, tanto el apelante como el Gestor podrán ser oídos en confidencia. La decisión por mayoría del comité, declarada por su presidente, será final.

La decisión y acción subsiguiente acordada por el Presidente del ICB no dará lugar a acciones discriminatorias.

 

Si un cliente u otra tercera parte desea presentar una queja o retroalimentación adversa sobre el servicio de cualquier miembro de URS Holdings, podrá, en primera instancia, escribir al Gestor de Esquemas en la Sede del miembro correspondiente. Las direcciones de contacto se encuentran en el sitio web de URS Holdings www.urs-holdings.com.

Cualquier empleado, directivo o contratista de URS que reciba o tenga conocimiento de una queja o retroalimentación adversa debe informar inmediatamente al Responsable de la Oficina Local para asegurar que se sigue el procedimiento correcto.

Todas las quejas se registrarán y revisarán debidamente; cualquier acción correctiva necesaria se comunicará al reclamante dentro de un plazo razonable. Si la acción no se considera suficiente, el reclamante deberá escribir a la Sede marcando la correspondencia a la atención del ICB.

Tras la revisión del ICB, cualquier acción considerada necesaria se comunicará nuevamente al reclamante. Si aún no se considera satisfactorio, el reclamante deberá dirigirse al Organismo de Acreditación correspondiente (p. ej., UKAS, SMMT para IATF 16949, NABCB, etc.). Enlaces a los OA están disponibles en https://urs-holdings.com/accreditations.

Nota: El Comité de Apelaciones y todo el personal y contratistas de URS responderán siempre con cortesía a quejas y retroalimentación adversa, incluso al cuestionarlas o, tras su consideración justa, fallar en contra de las mismas.

Se preserva la debida confidencialidad y un enfoque constructivo al gestionar quejas y retroalimentación adversa. URS reconoce que, al proporcionar retroalimentación adversa (incluso si no es una queja formal), una persona u organización realiza una Divulgación Protegida de información (posible alertador/whistleblower); se mantiene total confidencialidad, en especial la identidad del informante.

Además, URS opera una Política de Denuncias (Whistle Blowing Policy), que significa que:

Cualquier empleado interno de URS, subcontratista autorizado o partes interesadas externas pueden informar cualquier actividad que consideren que amenaza o afecta negativamente la independencia o imparcialidad de URS.

Dicha comunicación debe notificarse a la Dirección de URS, que acusará recibo formalmente. Esta notificación será tratada con estricta confidencialidad para proteger al denunciante.

Si no se emite respuesta formal al denunciante dentro de 20 días laborables, este podrá escalar el asunto a la Sede para su investigación.

Si la Sede no sigue el proceso, el denunciante deberá contactar con el ICB a través del Director General del Grupo para remitir toda la comunicación al ICB para su revisión.

El Consejo de Certificación Independiente o Comité de Imparcialidad (ICB) se constituye para garantizar la imparcialidad e independencia en las actividades del Grupo URS. Además, asegura que cualquier queja recibida sobre URS o sus clientes, o cualquier apelación, sea investigada completamente y se tomen acciones correctivas apropiadas.

La membresía del ICB está diseñada para representar un equilibrio de intereses cubiertos por las actividades de URS, incluidos, entre otros: sector sanitario, consumidores (p. ej., Trading Standards), industria automotriz, experto en aspectos ambientales, ISMS, aeroespacial, salud y seguridad, sector alimentario, certificación de producto, gestión de la energía, anti-soborno. Los directores de URS no tienen derecho a voto.

Estas regulaciones podrán ser modificadas periódicamente por el ICB. Tales modificaciones no afectarán el derecho de ninguna organización registrada a usar el logotipo aplicable o a declararse registrada bajo estas regulaciones hasta que se le haya notificado por escrito por el miembro correspondiente de URS la fecha en la que deberá cumplir con las regulaciones modificadas, que normalmente no será inferior a seis meses desde la notificación.

La siguiente información estará abierta a inspección pública en la dirección operativa del miembro correspondiente de URS Holdings, y será publicada:

i) Lista de Organizaciones Registradas
ii) Certificaciones suspendidas y retiradas
iii) Procedimiento de gestión de Quejas y Apelaciones

Para verificar si una organización posee un certificado válido, el público puede acceder al sitio web de URS Holdings.

Cualquier notificación bajo estas regulaciones deberá ser por escrito y firmada por la parte que la emite o en su nombre, y podrá entregarse en mano o enviarse por correo certificado o registrado, tanto al miembro de URS como a la organización registrada, a su dirección vigente (domicilio social cuando aplique).

Se presumirá que cualquier notificación enviada por correo (salvo prueba en contrario) ha sido entregada a las 48 horas de su envío; y para acreditar la entrega bastará probar que la notificación se dirigió correctamente y se envió conforme a esta regulación.

Como registrador acreditado, los Organismos de Acreditación y/o Propietarios de Esquemas se reservan el derecho de realizar auditorías testigo a nuestros auditores/evaluadores/inspectores. Como cliente registrado, debe estar al tanto de que, para algunos esquemas/estándares, el auditor/evaluador/inspector puede estar acompañado por auditor(es) del Organismo de Acreditación. Como cliente registrado, está obligado a permitir al OA realizar la auditoría testigo en su sitio.

Para ciertos esquemas, como IATF 16949, el cliente registrado también debe, si es necesario, permitir el acceso a un representante o delegado de IATF. Además, las reglas de IATF establecen que NO puede haber consultores presentes durante la auditoría realizada por el organismo de certificación o por un representante/delegado de IATF.

En particular, el Esquema Aeroespacial (AS 91XX) tiene requisitos específicos de derechos de acceso que cubren a los miembros de IAQG y agencias reguladoras que pueden asistir con el OA o incluso de forma independiente. Deben concederse derechos de acceso a registros e instalaciones para cumplir la Resolución IAQG #136. (Nota: los clientes AQMS también deben proporcionar copias de informes de auditoría y documentos asociados a sus clientes o potenciales clientes si lo solicitan, salvo justificación—p. ej., conflicto de intereses). Bajo las reglas del esquema, dichos derechos incluyen que los miembros de IAQG y las agencias reguladoras puedan visitar y auditar al organismo de certificación aprobado (URS).

Requisitos de Certificación de Producto (ISO 17065).

Las siguientes condiciones también aplican a cualquier cliente certificado por URS Products Limited (en adición a lo anterior):

a) El cliente cumple siempre los requisitos de certificación, incluyendo la implementación de cambios apropiados cuando el organismo de certificación los comunique.
b) Si la certificación aplica a producción continua, el producto certificado continúa cumpliendo los requisitos del producto.
c) El cliente realiza todas las gestiones necesarias para:

  • la evaluación y vigilancia (si se requiere), incluyendo facilitar el examen de documentos y registros, y el acceso a equipos, ubicaciones, áreas, personal y subcontratistas del cliente;
  • la investigación de quejas;
  • la participación de observadores, si aplica.
    d) El cliente realiza declaraciones sobre la certificación coherentes con el alcance de la certificación.
    e) El cliente no utiliza su certificación de producto de forma que desacredite al organismo de certificación ni hace declaraciones que el organismo considere engañosas o no autorizadas.
    f) Ante suspensión, retirada o terminación de la certificación, el cliente cesa el uso de toda publicidad que haga referencia a ella y toma las medidas requeridas por el esquema (p. ej., devolver documentos de certificación) y cualquier otra acción necesaria.
    g) Si el cliente proporciona copias de los documentos de certificación a terceros, estos deberán reproducirse íntegramente o según lo especificado en el esquema de certificación.
    h) Al referirse a su certificación de producto en medios de comunicación (documentos, folletos, publicidad), el cliente cumple con los requisitos del organismo de certificación o del esquema.
    i) El cliente cumple cualquier requisito del esquema relativo al uso de marcas de conformidad y a la información relacionada con el producto.
    Nota: ver también ISO/IEC 17030, ISO/IEC Guide 23 y ISO Guide 27.
    j) El cliente mantiene registro de todas las quejas relacionadas con el cumplimiento de los requisitos de certificación y las pone a disposición del organismo cuando se le solicite, y:
  • toma acciones apropiadas respecto a tales quejas y a cualquier deficiencia en productos que afecte al cumplimiento;
  • documenta las acciones tomadas.
    Nota: La verificación del punto j) por el organismo puede especificarse en el esquema.
    k) El cliente informa al organismo de certificación, sin demora, de cambios que puedan afectar su capacidad para conformarse con los requisitos de certificación.
    Nota: Ejemplos de cambios incluyen:
  • Estatus legal, comercial, organizativo o propiedad;
  • Organización y gestión (p. ej., personal directivo, decisor o técnico clave);
  • Modificaciones al producto o al método de producción.

Nota: El cliente acepta proporcionar detalles de días no operativos (festivos locales/cierres en los que los procesos del cliente no están en operación) y acepta notificar inmediatamente a URS cualquier cambio en los días ya declarados/informados.

En el caso de organización multisite, la función central será responsable de coordinar, tratar y cerrar las no conformidades levantadas a nivel de sitio junto con los sitios pertinentes. El incumplimiento de la función central o de cualquier sitio con los requisitos del esquema resultará en que toda la organización (función central y todos los sitios) no obtenga la certificación. Si ya estaba certificada, se iniciará el proceso del OC para suspender o retirar la certificación.

 

Si bien URS Holdings cuenta con cobertura de seguro para garantizar responsabilidades en caso de fallos del servicio, el alcance de la responsabilidad se basa en los Términos y Condiciones aceptados por el Cliente de URS Holdings (que cubren cualquier marca de URS Holdings según los servicios listados y oficinas indicadas en este sitio).

La aceptación de los límites de responsabilidad se implica por lo señalado en este sitio, incluido el Aviso legal, Reglas y Reglamentos, Uso de Marcas y cualquier término contractual.

La cobertura de RC profesional varía según el servicio, y URS Holdings limita su responsabilidad con base en ciertos principios respetados por Clientes, dependiendo del servicio contratado, tales como:

  1. Cualquier Auditor/Inspector/Evaluador de URS (empleado o subcontratado) que acuda a un cliente, cliente de cliente o proveedor debe contar con el seguro adecuado para cubrir a dicho auditor/inspector/evaluador.
  2. Si se requiere transporte hacia/desde cliente, cliente del cliente o proveedor del cliente de URS y lo toma el auditor/inspector/evaluador (empleado o subcontratado), entonces el cliente/cliente del cliente/proveedor deberá contar con el seguro apropiado.
  3. Cuando auditores/inspectores/evaluadores visiten a un cliente, o a su cliente o proveedor, el cliente debe proporcionar el EPP necesario y dar la formación/instrucciones adecuadas antes de iniciar el trabajo. Además, no deberá permitir que el auditor/inspector/evaluador manipule equipos sin supervisión e instrucciones expresas.
  4. Certificación de Sistemas: para las acciones correctivas contra los hallazgos según la norma auditada, URS no es responsable de determinar ni implementar dichas acciones; la decisión de qué se requiere corresponde exclusivamente al Cliente.
  5. Certificación de Personas: como en (4), pero en algunos casos (p. ej., FLAME) se podrán dar recomendaciones. Es responsabilidad del cliente revisarlas y, si tiene dudas, contactar con la Sede de URS Holdings antes de implementar.
  6. Producto: como en (5), pero pueden existir requisitos específicos en el contrato o regulatorios del Organismo Competente.
  7. Inspección: como en (5), pero pueden existir requisitos específicos contractuales y de RC profesional adicionales.

El alcance de la responsabilidad y del seguro de RC profesional depende de la marca/servicio. Los detalles pueden solicitarse a la Sede del Holding (ver Offices en el sitio y seleccionar Worldwide).

Se recuerda al Cliente que, si la cobertura de seguro es importante para la prestación del servicio en relación con los límites de responsabilidad, puede realizar consultas a la Sede para asegurarse de que la cobertura es adecuada.

Requisitos generales (EN 9104-001)

  • Las organizaciones AQMS certificadas deberán cumplir los requisitos de esta norma. Un problema/no conformidad que pueda afectar la integridad de la certificación puede motivar la cancelación de la solicitud, o la suspensión/retirada del certificado.
  • Las organizaciones AQMS cuya certificación se suspenda notificarán a sus clientes ASD (cuando se conozcan) dentro de 15 días de la suspensión.
    Nota: También deberían notificar cuando la certificación sea retirada.
  • Las organizaciones AQMS apoyarán las actividades de supervisión ICOP para confirmar la eficacia del proceso de auditoría del OC (ver EN 9104-002).
  • Las organizaciones AQMS permitirán que los OCs publiquen datos públicos (p. ej., información sobre la certificación AQMS y su estado) y datos no públicos (p. ej., resultados de auditoría, no conformidades, acciones correctivas, puntuaciones) en la base de datos OASIS.
  • Las organizaciones AQMS identificarán cuándo es necesario omitir información (propietaria o restringida) del informe de auditoría antes de su carga en OASIS.
  • Las organizaciones AQMS nombrarán y mantendrán un administrador OASIS responsable de:
    a) gestionar solicitudes de acceso de clientes a datos de auditoría en OASIS;
    b) proporcionar el/los correo(s) del/los administrador(es) OASIS de la organización;
    c) proporcionar los datos de contacto de la organización (teléfono, email, web);
    d) proporcionar acceso y roles/permisos a otros usuarios internos; y
    e) gestionar la retroalimentación de OASIS generada o recibida.
  • Las organizaciones AQMS apoyarán el proceso de auditoría AQMS del OC mediante entrada directa de datos en OASIS, incluida la gestión en línea de acciones correctivas.
  • Las organizaciones AQMS proporcionarán acceso electrónico a los datos de resultados de auditoría en OASIS, o descargarán y distribuirán dichos resultados a sus clientes ASD y autoridades reguladoras, previa solicitud, salvo justificación (competencia, confidencialidad, conflicto de intereses).
    Nota 1: Las organizaciones AQMS deben atender requisitos específicos de cliente respecto al acceso a OASIS.
    Nota 2: Las organizaciones AQMS pueden hacer información disponible a todos los usuarios OASIS.
  • Las organizaciones AQMS trabajarán con el OC para resolver cuestiones relativas a limitaciones de acceso a la organización (p. ej., limitando el alcance de la certificación).
  • Las organizaciones AQMS proporcionarán al OC, antes de auditorías iniciales, de vigilancia y de recertificación, los datos requeridos por esta norma para completar el análisis OCAP.
    Nota: No proporcionar datos exactos y a tiempo puede resultar en una no conformidad y/o impedir la certificación.

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